A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Aon Risk Services Colombia Sa·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Nulidad de actos administrativos sobre cobro de aportes patronales a pensión
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., Sección Cuarta, y el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
La controversia se causa por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por la Sociedad Aon Risk Services Colombia SA, en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, con el objeto, entre otras pretensiones, de que se declare la nulidad de las resoluciones sobre Liquidación Certificada de Deuda por medio de la cual Colpensiones determinó una obligación por concepto de presunta omisión y diferencia de pago en aportes pensionales de trabajadores de la sociedad demandante.
Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena sigue la regla de decisión del Auto 1652 de 2022, según la cual, en los eventos en los que se acuda ante la jurisdicción para i) solicitar la nulidad de actos administrativos, ii) proferidos por una entidad administradora del Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, iii) que tengan por objeto ordenar al empleador el cobro de aportes patronales a pensión, será la jurisdicción de lo contencioso administrativo, la competente para conocer del asunto, en virtud de los artículos 104, 138 y 155 de la Ley 1437 de 2011.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., Sección Cuarta, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Trece Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., Sección Cuarta, y el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Bogotá D.C., y DECLARAR que el Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., Sección Cuarta, es la autoridad competente para conocer de la demanda interpuesta por la Saciedad Aon Risk Services Colombia SA, en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones.
- SEGUNDO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-4826 al Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., Sección Cuarta, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Trece Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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